IVA A LAS PROPIEDADES
¿Cuándo no se paga IVA en la compraventa de propiedades?
- Personas NO habituales: El vendedor es una persona no habitual, es decir que NO se dedica a la compraventa de inmuebles.
- Viviendas con subsidio: Si recibí un subsidio del Ministerio de Vivienda para adquirir una propiedad, independientemente del monto que haya alcanzado el subsidio, NO pago IVA.
- Terrenos NO Urbanizados: Los terrenos NO pagan IVA, ya que el concepto definido en la norma aplica únicamente a bienes inmuebles y los terrenos no son considerados como tal, siempre y cuando estén SIN urbanizar.
- Propiedades antes del 2015-2016: Propiedades con promesa de echa antes del 2015. Propiedades con permiso de construccion aprobado antes del 2016.
¿Cómo se si soy vendedor habitual respecto a la propiedad que estoy vendiendo?
Los vendedores habituales son aquellos que compran una propiedad con el ánimo de revenderla y no para su uso (ej. Inmobiliarias o personas que compran para remodelar y luego revender, entre otras).
También se presume habitual cuando se vende la propiedad antes de un año contado desde la fecha de inscripción y fecha de venta en el Conservador de Bienes Raíces. Si se compró sin la intención de revender y tiene una justificación para su venta antes del año, debe indicar ante Notario a través de la Declaración Jurada.
Si compro una casa o departamento usado, ¿pago IVA?
No pago IVA si le compro a un vendedor que no es habitual, como ocurre en la mayoría de los casos, independiente si la compra la realizo, en 2016, 2017 o más adelante. Si le compro a un vendedor habitual, como una inmobiliaria, sí pago IVA.
Si vendo mi casa o departamento, ¿pago IVA?
No pago IVA si no soy vendedor habitual, que es lo que ocurre en la mayoría de los casos.
